España ya tiene una Ley de Bienestar Animal
Inmaculada de Mácula.
Marzo/23
España ha puesto fin al maltrato animal, con una Ley que introduce cambios en la tenencia de animales domésticos en España, algunos de los cuales aún están poco definidos, y que contempla sanciones de hasta 200.000€ pàra las infracciones más graves.
El Congreso ha aprobado la Ley de Bienestar Animal, una ley que tampoco ha estado exenta de polémica: no se ampara a los perros de caza, ni a los animales de granja, tampoco a los toros, ni a los destinados a investigación, entre otros, lo que desvirtua la esencia de la nueva ley que busca perseguir de una forma más dura el maltrato a los animales, los cuidados deficientes a las mascotas o su explotación con fines lucrativos.

Esta nueva normativa establece numerosos cambios que afectan directamente tanto a quienes ya tienen mascotas como a aquellos que quieran hacerse cargo de un animal doméstico.
no obstante, varios aspectos de la nueva ley han suscitado dudas, como por ejemplo qué animales serán considerados mascotas y en qué consistirá una de las medidas que establece un curso para poder convivir con un perro, entre otras.
El primer punto pendiente de aclarar es qué animales serán considerados mascotas. Hasta ahora se seguía un criterio de exclusión: no se podían tener como mascotas una serie de animales, principalmente aquellos catalogados como especies protegidas o invasoras. La nueva ley, en cambio, funcionará por inclusión; es decir, habrá un “listado positivo” de los animales que sí se pueden entender como mascotas y será ilegal tener los que no estén incluidos en la mencionada lista, que aún no ha sido publicada; por el momento sólo sabemos que estarán incluidos perros y gatos además de otras mascotas comunes como algunos tipos de roedores, lo que ya ha dado lughar a la propagación de un bulo sobre las consecuencias de matar a una rata común.

Aunque quizá la mayor duda se planea en relación con las especies exóticas. Otra incógnita se refiere al hecho de que en la lista no estarán incluidos animales que “supongan riesgos para la salud o la seguridad de las personas u otros animales” o que “en caso de escape y ausencia de control, supongan o puedan suponer un riesgo grave para la conservación de la biodiversidad”, lo cual descarta totalmente las especies consideradas invasoras.
Como todas la leyes innovadoras será el tiempo el que vaya puliendo una normativa que estaba haciendo mucha falta en España.
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